Liquidación orientativa de indemnización y finiquito
Obtendrás el desglose partida por partida con su base legal.
Calcula la indemnización que te corresponde por despido improcedente, objetivo o fin de contrato, junto con el finiquito completo: días del mes, vacaciones no disfrutadas y pagas extra. Aplica los tramos legales anteriores y posteriores al 12/02/2012 y los topes del Estatuto de los Trabajadores.
CÁLCULO ORIENTATIVO · GRATUITO · SIN REGISTROLa indemnización depende de la causa de extinción del contrato, de tu antigüedad y de tu salario diario (salario bruto anual dividido entre 365 días). Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses: cada mes iniciado cuenta como mes completo.
| Causa | Días por año | Tope legal | Base legal |
|---|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días (45 antes del 12/02/2012) | 24 mensualidades (42 para el tramo antiguo) | Art. 56.1 ET y DT 11.ª |
| Despido objetivo | 20 días | 12 mensualidades | Art. 53.1.b ET |
| Fin de contrato temporal | 12 días | — | Art. 49.1.c ET |
| Baja voluntaria | Sin indemnización | — | Art. 49.1.d ET |
Si tu contrato comenzó antes de la reforma laboral de 2012, el tiempo trabajado hasta el 11/02/2012 se indemniza a 45 días por año y el posterior a 33 días. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el tramo antiguo ya superase esa cifra por sí solo: en ese caso se respeta lo devengado, con el límite de 42 mensualidades. Esta calculadora aplica ambos tramos y topes automáticamente.
Con independencia de la causa —incluida la dimisión—, la empresa debe abonarte los días trabajados del mes en curso, las vacaciones devengadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extra si no las cobras prorrateadas. Puedes calcular solo el finiquito en nuestra calculadora de finiquito.
Cada tipo de despido tiene su propia calculadora preconfigurada: despido improcedente, despido objetivo, despido disciplinario, ERE y empleada de hogar.
Un despido mal calculado puede costarte miles de euros. Revisa tu indemnización con un abogado laboralista antes de firmar nada.
33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12/02/2012, el tramo antiguo se calcula a 45 días/año con tope de 42 mensualidades.
La indemnización legal por despido improcedente u objetivo está exenta de IRPF hasta 180.000 €. El finiquito (salario pendiente, vacaciones y pagas extra) sí tributa como rendimiento del trabajo.
El salario de los días trabajados del mes en curso, las vacaciones devengadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra no prorrateadas. Se cobra siempre, incluso en la baja voluntaria.
Sí. Al finalizar un contrato temporal corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado (art. 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores), además del finiquito.
Por meses: cada mes iniciado cuenta como mes completo a efectos de indemnización, conforme al art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad: pasado ese tiempo, no podrás impugnarlo.