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Calculadoras laborales · Normativa española
Normativa 2026 · ET RDL 2/2015

Calculadora de despido del CGPJ: alternativa 2026

Si buscas la calculadora de despido del CGPJ (la del Poder Judicial), aquí te explicamos qué es, para qué sirve y qué limitaciones tiene. Y te ofrecemos una alternativa que aplica exactamente los mismos criterios legales —tramos 45/33 días y topes— pero con una interfaz clara y el finiquito incluido.

CÁLCULO ORIENTATIVO · GRATUITO · SIN REGISTRO
01 Datos del contrato
El finiquito se calcula siempre, sea cual sea la causa.
02 Salario
Incluye salario base y complementos. El salario regulador incluye la prorrata de pagas extra.
03 Finiquito
Déjalo vacío y lo estimamos: 2,5 días por mes trabajado del año en curso.

El cálculo se realiza en tu navegador. No guardamos ningún dato.

Liquidación de indemnización y finiquito

Documento de cálculo · No vinculante
Ref. LIQ-2026-·····
Completa el formulario y pulsa Calcular.
Obtendrás el desglose partida por partida con su base legal.

Qué es la calculadora de despido del CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) puso a disposición del público, a través del portal del Poder Judicial, una herramienta para estimar la indemnización por despido. Nació como apoyo técnico para la propia carrera judicial, para los profesionales del derecho y para los ciudadanos que querían hacerse una idea de la cuantía que les correspondía. Aplica las reglas del artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores: 33 días de salario por año trabajado, el tramo de 45 días para la antigüedad anterior al 12/02/2012 y los topes de 720 días y 42 mensualidades.

Nota: esta página no está vinculada al CGPJ ni al Poder Judicial. Es una herramienta informativa independiente que utiliza la misma normativa pública.

Sus limitaciones prácticas

La herramienta oficial es rigurosa en lo legal, pero como recurso de uso cotidiano presenta algunos inconvenientes que sus propios usuarios señalan a menudo:

  • Interfaz austera: pensada más para profesionales del derecho que para el trabajador de a pie, con un lenguaje técnico y poca explicación de cada paso.
  • Sin finiquito: calcula la indemnización, pero no la liquidación completa (salario del mes, vacaciones no disfrutadas y pagas extra), que es lo que realmente cobras.
  • Poca contextualización: ofrece una cifra, pero sin desglosar la base legal de cada partida ni la nota fiscal sobre la exención de IRPF.
  • Disponibilidad variable: al ser una herramienta institucional secundaria, su acceso y su actualización dependen del mantenimiento del portal.

Nuestra alternativa: mismos criterios, más claridad

La calculadora de esta página parte de la misma normativa que la del CGPJ y añade lo que suele echarse en falta. Al introducir tus fechas y tu salario obtienes:

FunciónQué aporta
Indemnización con tramos45 días hasta 2012 y 33 días después, con topes automáticos
Finiquito integradoDías del mes, vacaciones y pagas extra en el mismo documento
Base legal por partidaEl artículo del ET bajo cada concepto
Nota fiscalExención de IRPF hasta 180.000 € y qué tributa
Documento imprimibleLiquidación en PDF para guardar o llevar al abogado

Elige la modalidad que se ajusta a tu caso

La calculadora superior está en modo libre, para que compares escenarios. Si ya sabes el tipo de despido, tienes una calculadora preconfigurada para cada uno: despido improcedente (33 días), despido objetivo (20 días) y las demás modalidades del hub de despido.

Ninguna calculadora sustituye a un abogado

Conviene recordar lo que la propia herramienta del CGPJ deja claro: el resultado es orientativo. La cuantía definitiva depende de la calificación del despido, de la correcta determinación del salario regulador y de matices como los salarios de tramitación o la antigüedad reconocida. La cifra final la fija la sentencia o el acuerdo de conciliación. Usa esta calculadora para tener una referencia sólida y, si el importe es relevante, contrasta tu caso con un profesional antes de firmar el finiquito.

¿Tu indemnización coincide con la del cálculo?

Una diferencia en la fecha de antigüedad o en el salario regulador cambia la cifra. Contrasta el resultado de la calculadora con un laboralista antes de aceptar la propuesta de la empresa.

Revisar mi caso con un laboralista →

Preguntas frecuentes

¿Qué es la calculadora de despido del CGPJ?

Es una herramienta de cálculo de indemnizaciones por despido que ofrecía el Consejo General del Poder Judicial en su web, pensada como apoyo para jueces, abogados y trabajadores. Aplica los tramos de 45 y 33 días y los topes legales, pero su interfaz es austera y su mantenimiento no siempre refleja los últimos criterios.

¿La calculadora del CGPJ es oficial y vinculante?

Es una herramienta de apoyo, no un pronunciamiento judicial. Su resultado es orientativo: la cuantía definitiva la fija la sentencia o el acuerdo de conciliación. Ninguna calculadora, oficial o no, sustituye la valoración de un juez o de un abogado sobre tu caso concreto.

¿Por qué usar esta calculadora en lugar de la del CGPJ?

Aplicamos las mismas reglas legales (art. 56.1 ET y disposición transitoria 11.ª) con una interfaz más clara, cálculo del finiquito integrado, desglose partida por partida con su base legal y opción de imprimir el documento en PDF. El resultado es igual de riguroso y mucho más fácil de entender.

¿Qué datos necesito para calcular la indemnización?

La fecha de inicio del contrato, la fecha del cese, el salario bruto anual (o mensual con el número de pagas) y el tipo de despido. Con eso obtienes la indemnización, el finiquito y la nota fiscal.

¿El cálculo incluye el tramo anterior a 2012?

Sí. Como la calculadora del CGPJ, aplicamos automáticamente los 45 días por año para la antigüedad previa al 12/02/2012 y los 33 días para el periodo posterior, respetando los topes de 720 días y 42 mensualidades.

Base legal utilizada

  • Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores: art. 56.1 (indemnización) y disposición transitoria 11.ª (tramo 45/33 días y topes).
  • Ley 35/2006 del IRPF, art. 7.e: exención de la indemnización hasta 180.000 €.
  • Criterio de prorrateo mensual conforme a la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
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